Establecen obligaciones para el almacenaje de los envases vacíos de plaguicidas

Con fecha 5 de marzo de 2025, fue publicada en el Diario Oficial, la norma general que establece obligaciones para la compraventa, almacenaje, manipulación y aplicación de plaguicidas de uso agrícola en Chile.

La normativa establece que los envases vacíos resultantes del uso de plaguicidas, deberán almacenarse y disponerse en conformidad a lo establecido en sus etiquetas y por la normativa de las autoridades competentes, como del Ministerio de Salud y del Ministerio del Medio Ambiente, o las normas que las reemplacen.

Asimismo, señala que los agricultores y empresas que utilicen plaguicidas deberán mantener los comprobantes de recepción de las entregas de envases vacíos, a entidades autorizadas por autoridades competentes, sean estos: sistemas de gestión de envases agroindustriales, o gestores registrados y autorizados. Estos registros deben mantenerse por el plazo de dos años, desde la fecha de la entrega.

Finalmente la normativa indica que el no cumplimiento de esta normativa será sancionado.

Siguientes noticias