1. Ley de Desalinización y Gestión de Recursos Hídricos
Exposición de Nicolás Suazo (abogado especialista en Derecho de Agua)
- Marco Regulatorio e Impacto: La nueva Ley de Desalinización (publicada en mayo de 2026) busca otorgar certeza jurídica, acelerar inversiones y promover el uso sostenible del agua de mar frente al déficit hídrico proyectado en Chile. Entre sus pilares se exige que las plantas multipropósito destinen al menos un 5% de su producción al consumo humano.
- Estrategia Nacional de Desalinización: Estará a cargo de la Dirección General de Aguas (DGA) y se articulará con los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuenca. Se destacó la necesidad de que los agricultores participen activamente en las mesas estratégicas a nivel de cuenca para la toma de decisiones.
- Beneficio Indirecto para el Agro: El desarrollo de agua desalada (especialmente para la minería e industria) aliviará la presión sobre las aguas continentales, pudiendo liberar derechos de aprovechamiento y permitir la recuperación de acuíferos para uso agrícola.
- Catastro Público y Derechos de Agua: Se enfatizó la obligación y relevancia de registrar los derechos de agua (tanto perfectos como imperfectos y consuetudinarios) en el catastro de la DGA para contar con datos reales a nivel país. Se mencionó la aprobación de una prórroga para este proceso debido a los retrasos administrativos de la autoridad.
- Desafíos Futuros: La desalinización no resuelve por sí sola la sequía. Se recalcó la urgencia de avanzar en el reuso de aguas residuales y en el aprovechamiento de emisarios submarinos mediante proyectos de ley en tramitación.
Experto Nicolas Suazo, Estudio Jurídico Garnham.
2. Seguros Agrícolas ante el Cambio Climático (Fenómeno del Niño)
Exposición de Isabela Fernández y Andrés Walker (Seguros Match)
- Contexto de Riesgo Climático: Ante la amenaza de eventos extremos como el Niño Godzilla (lluvias intensas e intempestivas, inundaciones y vientos), los seguros agrícolas son herramientas clave para mitigar pérdidas financieras y asegurar la continuidad operativa.
- Seguro de Incendio y Adicionales (Riesgos Naturales):
- Cobertura: Protege ante incendios, sismos, vientos, inundaciones, desbordes de cauce y aluviones. Cubre plantaciones, frutos, sistemas de riego y estructuras (como techos en cerezos o parronales).
- Vigencia y Subsidio: Se puede contratar durante todo el año (cobertura de 12 meses). Cuenta con subsidio estatal (Agroseguros).
- Remoción de Escombros: Incluye un sublímite útil de ~500 UF para labores de limpieza en los campos tras inundaciones o vientos severos.
- Seguro de Riesgo Climático:
- Cobertura: Entra en vigencia en primavera (septiembre) y finaliza con la cosecha. Cubre pérdidas de rendimiento causadas por heladas, granizos, vientos, nieve y lluvias extemporáneas/fuera de temporada.
- Modalidad de Pago: Se establece un rendimiento esperado (basado en el historial del agricultor) y se indemniza la diferencia respecto al rendimiento real obtenido al final de la temporada, descontando el deducible según la especie.
- Especies Asegurables: Aplica a frutales como uva de mesa/vinífera, manzanos, peras, arándanos, kiwis, carozos, entre otros (se aclaró que especies como palto no aplican para seguro de riesgo climático directo por heladas, pero sí para incendio y adicionales).
Isabella Fernández y Andrés Walker, Seguros Mach
#MIERCOLESONLINE FEDEFRUTA FEDERACIÓN GREMIAL

Deja una respuesta